Demanda presentada para anular la ley de suicidio asistido ‘inconstitucional’ de California

101

El caso establece que las leyes de suicidio asistido se sitúan dentro de una larga historia de leyes y prácticas estatales estadounidenses que dañan y discriminan directamente a las personas con discapacidad con el argumento de que la vida de esas personas no es tan digna de protegerse como la de los demás

 

por Alex Schadeberg

 

(Coalición para la Prevención de la Eutanasia) –– Este es mi primer análisis del caso judicial que se inició el 25 de abril de 2023 para declarar ilegal e inconstitucional la ley de suicidio asistido de California. Próximos artículos explicarán más el caso. La Coalición para la Prevención de la Eutanasia –EE.UU. apoya esta iniciativa.

Varios grupos, la United Spinal Association, Not Dead Yet, Institute for Patient’s Rights, Communities Actively Living Independent and Free, Lonnie VanHook e Ingrid Tischer, han iniciado una demanda en California para derogar la ley de suicidio asistido de California.

La demanda tiene como objetivo que el caso llegue a la Corte Suprema de los Estados Unidos para anular las leyes asistidas en todo el país.

“El suicidio asistido por un médico no es solo un renacimiento de las viejas ideologías eugenésicas, sino que también viola las leyes federales de derechos de las personas con discapacidad y las disposiciones constitucionales federales que protegen a las personas con discapacidades de la discriminación, la exclusión y las leyes y políticas gubernamentales que amenazan la vida”, abre la demanda.

El caso de los demandantes afirma que la ley de suicidio asistido de California es un esquema discriminatorio, que crea un sistema médico de dos niveles en el que las personas suicidas reciben respuestas de tratamiento radicalmente diferentes de sus médicos y protecciones del estado, dependiendo de si la persona tiene lo que el médico considera ser una “enfermedad terminal”, que, por definición, es una discapacidad según la Ley de Estadounidenses con Discapacidades.

Los demandantes son organizaciones con miembros que tienen discapacidades o personas individuales con discapacidades, así como también compuestos por organizaciones que defienden a las personas con discapacidades.

El caso establece que las leyes de suicidio asistido se sitúan dentro de una larga historia de leyes y prácticas estatales estadounidenses que dañan y discriminan directamente a las personas con discapacidad con el argumento de que la vida de esas personas no es tan digna de protección como la de los demás.

También establece que la ley de suicidio asistido de California lleva a las personas vulnerables a la muerte en lugar de brindar atención y servicios de apoyo.

Los miembros de la demandante United Spinal con lesiones de la médula espinal señalaron que a veces experimentan depresión y pensamientos suicidas, ya que deben adaptarse a vivir con su discapacidad después de la lesión. La mayoría de las personas con condiciones que amenazan la vida que dicen que quieren morir en realidad están pidiendo ayuda para vivir, es decir, ayuda para lidiar con los síntomas y las necesidades prácticas comunes a vivir con una discapacidad terminal.

Los síntomas suelen incluir depresión, ansiedad por el futuro, duelo, opciones de atención inadecuadas, dependencia, falta de control, miedo al sufrimiento físico y desesperación espiritual.

Las personas con discapacidades terminales son discriminadas, argumenta la demanda, al privarlas de las protecciones otorgadas a otras personas en virtud de la ley de California. Esto es una violación de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades («ADA») y la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 («Sección 504»).

Los programas de prevención del suicidio del Estado están diseñados para garantizar que la expresión de ideación suicida de una persona sea suficiente en sí misma para activar la atención de salud mental, independientemente de si desea recibir tratamiento. Sin embargo, el suicidio asistido priva a los Demandantes y sus miembros del acceso a estas intervenciones para preservar la vida debido a sus discapacidades, argumenta el caso.

El caso establece además que la ley de suicidio asistido viola la Cláusula de Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda al no incluir garantías suficientes para garantizar que una persona con problemas de juicio o indebidamente influenciada no reciba ni ingiera drogas letales para el suicidio asistido por un médico, sin adecuado debido proceso en la renuncia a su derecho fundamental a la vida.

El hecho de que la ley no requiera pruebas exhaustivas, o al menos algunas, de un rechazo informado de alternativas menos restrictivas al suicidio asistido, incluidos los servicios de prevención del suicidio, cuidados paliativos, cuidados paliativos y otros servicios de apoyo personal que actualmente brinda el Estado, también viola la Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda.

El caso le pide a la corte que declare ilegal e inconstitucional la ley de suicidio asistido de California.

Reimpreso con permiso de la Coalición para la Prevención de la Eutanasia.