ORDENANZA NO. 797
CIUDAD DE MILLBRAE, CONDADO DE SAN MATEO ESTADO DE CALIFORNIA
***
UNA ORDENANZA DE LA CIUDAD DE MILLBRAE QUE MODIFICA LA SECCIÓN 3.30.030 DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE MILLBRAE PARA AUMENTAR EL IMPUESTO DE OCUPACIÓN TRANSITORIA UNIFORME
SEA ORDENADO POR EL AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE MILLBRAE DE LA SIGUIENTE MANERA:
SECCIÓN 1. MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO
La primera frase de la Sección 3.30.030, titulada “Impuesto Gravado”, del Código Municipal de Millbrae se modifica para que lea como sigue:
“Por el privilegio de ocupación en cualquier hotel, cada transeúnte está sujeto a y deberá pagar un impuesto por el monto del catorce por ciento del alquiler cobrado por el operador, a partir del 1 de enero de 2023”.
SECCIÓN 2. APROBACIÓN EN LAS ELECCIONES GENERALES MUNICIPALES; FECHA DE ENTRADA EN VIGOR; PUBLICACIÓN
Esta ordenanza estará en pleno vigor y vigencia el 1 de enero de 2023, siempre que el aumento del 2% en el impuesto de ocupación transitoria según lo prescrito en este documento sea aprobado por un voto mayoritario del electorado de Millbrae en la Elección General Municipal programada para el 8 de noviembre de 2022. Dentro de los quince (15) días posteriores a su adopción, esta ordenanza se publicará una vez en un periódico de circulación general impreso y publicado en el Condado de San Mateo y distribuido en la Ciudad de Millbrae.
PRESENTADO en una reunión ordinaria del Concejo Municipal de Millbrae celebrada el 12 de julio de 2022.
APROBADO Y ADOPTADO en una reunión ordinaria del Concejo Municipal de la Ciudad de Millbrae celebrada el 26 de julio de 2022, por la siguiente votación nominal.
[Firma]
Alcalde
ATESTIGUADO:
18693741.1
Ordenanza No. 797
Por la presente certifico que la Ordenanza anterior fue debida y regularmente aprobada y adoptada por el Concejo Municipal de la Ciudad de Millbrae este día 26 de julio de 2022, por el siguiente voto:
SÍ:
CONCEJALES:
Oliva, Papan, Fung, Holober, Schneider
NOES:
CONCEJALES:
Ninguno
AUSENTE:
CONCEJALES:
Ninguno
ABSTENCIÓN:
CONCEJALES:
Ninguno
EXCUSADO:
CONCEJALES:
Ninguno
[Firma] 7/28/2022
SecretaríaMunicipal
RESOLUCIÓN NO. 22 a 61 años
CIUDAD DE MILLBRAE, CONDADO DE SAN MATEO ESTADO DE CALIFORNIA
* * *
RESOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE MILLBRAE PRESENTACIÓN A LOS VOTANTES CALIFICADOS DE MILLBRAE
UNA MEDIDA RELATIVA AL AUMENTO DEL IMPUESTO DE OCUPACIÓN TRANSITORIA EN UN 2% Y SOLICITUD DE LA SECRETARÍA DEL CONDADO DE INCLUIR ESTA MEDIDA EN LA ELECCIÓN MUNICIPAL GENERAL DEL
8 DE NOVIEMBRE DE 2022
CONSIDERANDO QUE, el Impuesto de Ocupación Transitoria (TOT) de la Ciudad de Millbrae (Ciudad), que se cobra a los huéspedes que se alojan en hoteles y alquileres a corto plazo ubicados en la Ciudad, no se ha actualizado desde 2010; y
CONSIDERANDO QUE, las tasas de TOT de la mayoría de las otras ciudades en el Condado de San Mateo actualmente oscilan entre el 13% y el 15%, mientras que la tasa de TOT de la Ciudad se mantiene en el 12%; y
CONSIDERANDO QUE, para el año fiscal 2022-2023, el Fondo General de la Ciudad tiene un déficit estructural de $2 millones, que afecta la capacidad de la Ciudad para abordar las prioridades de servicio identificadas por los residentes locales de Millbrae, tales como: reparación de baches y mantenimiento residencial y de las principales ciudades; patrullas de la policía del vecindario y del centro; desagües pluviales para prevenir inundaciones, parques de la ciudad e instalaciones de recreación; y, mejorar los servicios para reducir la falta de vivienda en la estación BART y en el centro de la ciudad, incluida la financiación de dos agentes adicionales por turno para cubrir las patrullas del vecindario y del centro; y
CONSIDERANDO QUE, si es aprobada por los votantes, esta medida que aumenta el TOT de la Ciudad en un 2%, del 12% al 14%, generaría aproximadamente $1.5 millones anuales en fondos controlados localmente, que no pueden ser tomados por Sacramento, para abordar las necesidades de servicios locales; y
CONSIDERANDO QUE, los fondos locales adicionales pueden ayudar a garantizar que Millbrae pueda continuar haciendo que sus vecindarios estén a salvo del crimen y el fuego, haciendo de nuestra comunidad un lugar donde las familias jóvenes quieran vivir y echar raíces; y
CONSIDERANDO QUE esta medida garantizaría que los visitantes que se alojen en los hoteles de Millbrae paguen su parte justa por los servicios locales de la ciudad y que la carga no recaiga enteramente en los propietarios de viviendas; y
CONSIDERANDO QUE, aumentar el TOT de la Ciudad en un 2%, del 12% al 14%, sería consistente con las tasas de TOT en el área circundante; y
CONSIDERANDO que, de conformidad con la Resolución No. 22-47 del Concejo Municipal, el Condado de San Mateo llevará a cabo una Elección Municipal General el 8 de noviembre de 2022, con el propósito de elegir a dos concejales, uno de cada uno de los Distritos del Consejo Dos y Cuatro; y
CONSIDERANDO QUE, por las razones expuestas anteriormente, el Concejo Municipal desea presentar a los votantes en la Elección General Municipal del 8 de noviembre de 2022 una medida para aumentar el TOT de la Ciudad en un 2%; y
CONSIDERANDO QUE, el Ayuntamiento está facultado por ley para presentar esta medida a los electores; y
CONSIDERANDO QUE, el Concejo Municipal desea solicitar a la Secretaría del Condado del Condado de San Mateo que incluya la medida propuesta que aumenta el TOT en un 2% con la elección de Concejales programada para la Elección Municipal General que se llevará a cabo el 8 de noviembre de 2022;
AHORA, POR LO TANTO, SEA RESUELTO por el Ayuntamiento de la Ciudad de Millbrae de la siguiente manera:
1. La medida establecida en la Sección 2 a continuación se presenta a los votantes calificados de la Ciudad de Millbrae junto con las Elecciones Municipales Generales programadas para el martes 8 de noviembre de 2022 con el fin de enmendar la Sección 3.30.030 del Código Municipal de Millbrae para aumentar el Impuesto de Ocupación Transitoria de la tasa existente del 12% al 14%.
2. La forma en que la medida para modificar la Sección 3.30.030 del Código Municipal de Millbrae para aumentar el Impuesto de Ocupación Transitoria en un 2%, de la tasa existente del 12% al 14%, se presentará al electorado el 8 de noviembre de 2022 es como sigue siguiente:
“Para continuar financiando, solo para la Ciudad de Millbrae, que no puede ser tomado por Sacramento, para servicios generales de la ciudad tales como: reparación de baches/calles; mantener las patrullas de la policía del vecindario/centro de la ciudad; mejorar los programas de recreación/parques; atraer nuevos negocios; y mejorar la respuesta a los desastres; una medida que aumentará en un 2% el impuesto de ocupación transitoria existente de la Ciudad de Millbrae cobrado a los huéspedes de hoteles y alojamientos hasta que finalicen los votantes, proporcionando $1,500,000 adicionales anualmente, con los ciudadanos supervisión, auditorías independientes, ¿debería ser adoptada?”
Sí
No
3. El texto completo de la disposición del Código Municipal de Millbrae que se propone enmendar es el siguiente:
“Sección 3.30.030. IMPUESTO GRAVADO. Por el privilegio de ocupación en cualquier hotel, cada transeúnte está sujeto a y deberá pagar un impuesto por el monto del catorce por ciento del alquiler cobrado por el operador, a partir del 1 de enero de 2023”.
4. De conformidad con la ley aplicable, el Concejo Municipal solicita a la Secretaría del Condado del Condado de San Mateo que incluya la medida establecida en la Sección 2 en la Elección Municipal General programada para el 8 de noviembre de 2022 y que consolide dicha medida con la elección de concejales que se llevará a cabo en dicha fecha. La elección se celebrará y se llevará a cabo, las declaraciones sondeadas y los resultados se declararán en la forma prevista por la ley para la Elección General Municipal. Las boletas que se utilizarán en la elección serán en la forma y el contenido requeridos por la ley.
5. Por la presente, se ordena a la Secretaría Municipal de Millbrae que envíe una copia certificada de esta resolución a la Secretaría del Condado del Condado de San Mateo junto con otros documentos que puedan ser requeridos para dar efecto y llevar a cabo los fines de la presente resolución.
6. El Ayuntamiento ordena que los argumentos a favor y en contra de la medida se presenten de acuerdo con la ley aplicable, y que ni el Ayuntamiento como órgano ni ningún miembro individual del Ayuntamiento está dirigido a presentar un argumento escrito o cualquier argumento de refutación a favor o en contra de la medida.
APROBADO Y ADOPTADO REGULARMENTE este día 26 de julio de 2022.
[Firma]
Alcalde
ATESTIGUADO:
[Firma] 7/28/2022
Secretaría Municipal
Resolución No. 22 a 61 años
Por la presente certifico que la Resolución anterior fue debida y regularmente aprobada y adoptada por el Concejo Municipal de la Ciudad de Millbrae este día 26 de julio de 2022, por el siguiente voto:
SÍ:
CONCEJALES:
Oliva, Papan, Fung, Holober, Schneider
NO:
CONCEJALES:
Ninguno
AUSENTE:
CONCEJALES:
Ninguno
ABSTENCIÓN:
CONCEJALES:
Ninguno
EXCUSADO:
CONCEJALES:
Ninguno
[Firma] 7/28/2022
SECRETARÍA MUNICIPAL
CNSB#3611292
Alcalde
Alcalde
Secretaría Municipal
Secretaría Municipal
Secretaría Municipal
Secretaría Municipal