jueves, diciembre 26, 2024
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El conducir es un derecho, no un privilegio

por Marvin J. Ramírez

Marvin RamirezMarvin Ramirez

­(Esta es la segunda parte de una serie de tres)

Estas series comenzaron con una carta a la Junta de Supervisores de Sasn Francisco pidiendo que otorgaran un permiso de conducción -no una licencia- para aquellos inmigrantes indocumentados que viven en San Francisco- y que se amparan en la Ley de Santuario.

En nuestro anterior editorial cubrimos el tema, “Conducir es un Derecho, no un Privilegio”, como lo sugiere y lo presume la ley de California, la cual nos informó acerca de las decisiones de los tribunales federales, que muestran, de hecho, que los estados no pueden infringir esos derechos por medio de una licencia de conducción estatal.

por Jack McLamb

La primera de esas preguntas puede ser la siguiente: Si los estados han hecho implementado las leyes que son inconstitucionales, parecería que existe alguna forma en la que el estado puede poner restricciones, tales como requerimientos para adquirir la licencia, seguro obligatorio, registro del vehículo, inspecciones al vehículo; para nombrar sólo algunas, en los derechos constitucionales de un ciudadano. ¿Es asî?

Para dar una respuesta, veamos de nuevo, la determinación tomada por los tribunales de los Estados Unidos sobre este asunto.

En Hertado v. California, 110 US 516, la Corte Suprema de los Estados Unidos dictamina:

“El estado no puede suprimir los derechos de las personas”.

Y en Bennett v. Boggs, 1 Baldw 60, “Status que viola el principio común y obvio de los principios de derecho común y de razón son nulos e inválidos”.

No deberíamos decir que estas decisiones judiciales van directo al punto y que además no hay método legal para que el gobierno cree restricciones o limitaciones en los derechos la gente?

Otros casos son aún más directos: “La declaración de Derechos Federales, cuando son creados de manera razonable, no se deben violar bajo la práctica local”.

Davis v. Wechsler, 263 US 22, at 24.

“Donde están involucrados los derechos protegidos por la constitución, no debe haber una ley o legislación que culmine la vigencia de los mismos” Miranda v. Arizona, 384 US 436, 491.

La demanda y el ejercicio de un derecho constitucional no se puede convertir en un crimen”. Miller v. US, 230 F 486, at 489.

“No puede haber pena o sanción impuesta sobre un derecho porque esto es un ejercicio de derechos constitucionales” Sherer v. Cullen, 481 F 946.

Podríamos seguir, dando los dictámenes de la corte tras una decisión. Sin embargo, la constitución responde a nuestra pregunta: En cualquier momento puede legalmente el gobierno poner restricciones a los derechos de los norteamericanos, existe alguna razón?

La respuesta se encuentra en el Artículo Sexto de la Constitución de los Estados Unidos: “La Constitución y las leyes de los Estados Unidos, las cuales deben hacerse en prosecución del mismo;… debe ser la suprema ley del territorio; y los jueces en cada estado quienes están limitados a tal modo; cualquier cosa en la Constitución o leyes de cualquier estado”.

En el mismo artículo, dice quien dentro de nuestro gobierno está comprometido con nuestra Ley Suprema: “Los Senadores y representantes mencionados anteriormente, los miembros de diversas legislaciones estatales, y todos los ofi ciales del ejecutivo y judicial, ambos de los Estados Unidos y otros estados, deberían estar comprometidos bajo juramento o afi rmación, para apoyar esta constitución…”
­CONTINUARA LA PROXIMA SEMANA.

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