domingo, diciembre 22, 2024
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El conducir es un derecho, no un privilegio

por Marvin J. Ramirez

Marvin RamirezMarvin Ramirez

­(Este es la última de una serie de tres partes)

Estas series comenzaron con una carta a la Junta de Supervisores de San Francisco pidiendo que otorgaran un permiso de conducciónno una licencia- para aquellos inmigrantes indocumentados que viven en San Francisco- y que se amparan en la Ley de Santuario.

En nuestro anterior editorial cubrimos el tema, “Conducir es un Derecho, no un Privilegio”, como lo sugiere y lo presume la ley de California, la cual nos informó acerca de las decisiones de los tribunales federales, que muestran, de hecho, que los estados no pueden infringir esos derechos por medio de una licencia de conducción estatal.

(Si usted no leyó las dos partes anteriores, por favor visite: https://elreporterosf.com/editions/?q=node/1115 para la primera parte. Para la segunda parte, visit: https://elreporterosf.com/editions/?q=node/1171.

por Jack Mclamb

He aquí una pregunta interesante: ¿La ignorancia de estas leyes es una excusa para tales actos de los funcionarios?

Si fuéramos a seguir la carta de la ley, (como cuando somos juramentados para hacerlo), esto coloca a los funcionarios que se implican en tales actos ilegales en una situación legal desfavorable. Ya que esto es un crimen y delito federal por violar o privar a ciudadanos de sus derechos protegidos según. Nuestro sistema de dictados de la ley que hay sólo dos caminospara quitar legalmente un derecho que pertenece a la gente.

Nuestro sistema de ley dicta que hay sólo dos caminos de quitar legalmente un derecho que pertenece a la gente.

Éstos son (1) mediante una enmienda legítima de la constitución, (o 2) por una persona que concientemente renuncia a un derecho particular.

Un poco de la confusión en nuestro sistema actual ha nacido porque millones de personas han renunciado a su derecho de viajar sin restricción y voluntariamente se colocaron bajo la jurisdicción del estado. Aquellos que han dejado a sabiendas estos derechos son legalmente regulados ahora según la ley estatal y deben adquirir los permisos apropiados y registros.

Hay básicamente dos grupos de personas en esta categoría:

  • Los ciudadanos que se envuelven en el comercio sobre las carreteras del estado.

He aquí lo que los tribunales han dicho sobre esto:

“… Ya que mientras un ciudadano tiene el derecho de viajar sobre las carreteras públicas y transportar su propiedad sobre ellas, aquel derecho no se extiende al uso de las carreteras … como un lugar para la ganancia privada. Para próximo objetivo, ninguna persona tiene un derecho concedido de usar las carreteras de este estado, pero es un privilegio … que (el estado) puede conceder o retener en su discreción…” Estado v. Johnson, 245 P 1073.

Hay muchos casos de tribunal que confirman e indican la diferencia entre el derecho del ciudadano de viajar y un privilegio del gobierno y hay numerosas otras decisiones de tribunal que explican la cuestión de jurisdicción detalladamente en estas dos actividades claramente diferentes. Sin embargo, debido a restricciones de espacio, lo dejaremos a los ofi ciales para investigarlo más para su propio conocimiento.

  • El segundo grupo de ciudadanos que está legalmente bajo la jurisdicción del estado son aquellos ciudadanos que han renunciado voluntariamente y a sabiendas de su derecho de viajar no regulados y sin restricción solicitando su colocación bajo tal jurisdicción por la adquisición de un permiso de conducir estatal, registro de vehículo, seguro obligatorio, etc. (en Otras palabras, por contrato).

Deberíamos recordar lo que hace esto legal y no una violación al derecho consuetudinario (ley común) de viajar es que ellos a sabiendas se ofrecen en contrato para renunciar a sus derechos. Si ellos fueran forzados, impuestos o inconscientemente colocados bajo los poderes del estado, los tribunales han dicho que esto es una violación clara de sus derechos.

Podemos asumir que la mayoría de aquellos norteamericanos que llevan licencias estatales y registros de vehículo no tienen ningún conocimiento de los derechos legales que ellos renunciaron al obedecen leyes como éstas que la Constitución estadounidense claramente declara son ilegales, es decir leyes inefi cientes – leyes que no son leyes en reales.

Un área de consideración seria para cada policía es entender que la ley más importante en nuestra tierra a la que él ha prestado un juramento para proteger, defender, y hacer cumplir, no son las leyes estatales, municipals, u ordenanzas de ­condado, sino la ley que sobretraspasa todas otras leyes – la Constitución de los Estados Unidos. Si algunas leyes en particular de la comunidad estatal o local entran en confl icto con la ley suprema de nuestra nación, no hay duda alguna que el deber del ofi cial es cumplir la Constitución Estados Unidos.

Cada policía debería mantener el siguiente fallo del Tribunal de los Estados Unidos siguiente – discutido antes – en mente antes de emitir multas por de licencia, registro, y seguro:

“La reclamación y el ejercicio de un derecho constitucional no pueden ser convertidos en un delito”.

Miller v. US, 230 F 486, 489.

Y como hemos visto, viajando libremente, yendo cualquiera en sus actividades diarias, es el ejercicio del derecho más básico.

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