miércoles, julio 17, 2024
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Cuidado Restringen Derechos Miranda

Otro derecho constitucional se escapa por la puerta

por Marti Hiken

<SUCEDIÓ A PRINCIPIO DE ESTE AÑO>Las palabras que escuchamos en tantes películas y programas de television cuando alguien es arrestado, “Léale sus derechos Miranda”, ya no tienen sentido. Estos derechos están muertos porque las cortes los han “interpretado” fuera de existencia. Por todo el país, si no dice las palabras correctas durante las interrogaciones de la policía, sus derechos de guardar silencio y a un abogado no funcionan. Esto conlleva a un poder policial sin restricciones cuando alguien que es arrestado intent protegerse en una situación sin poder al ser confrontado por la policía. Y en una corte, todas sus declaraciones pueden ser usadas en su contra.

Esto se trata de la única frase que queda para asegurar que mantenga sus derechos: “Quiero guardar silencio. Quiero un abogado”. Nuevamente, otra manera: “No quiero hablar más con usted sin que mi abogado esté presente”.Es importante no contestar más preguntas después de hacer valer estos derechos; en vez, apenas repetir la declaración.

Es importante no contestar más preguntas después de hacer valer estos derechos; en vez, apenas repetir la declaración.

La razón para las advertencias Miranda en primer lugar era que la tortura y la crueldad a la que se sometía a los prisioneros en este país hace décadas y sobre todo en el Sur, trajo protestas públicas. Resultó en la decisión Miranda v. Arizona, (384 U.S. 436) en 1966.

En esa decisión, la Corte intentó obtener el equilibrio apropiado entre los intereses de aplicación de la ley para obtener una confesión yel derecho del sospechoso a la Quinta Enmienda de no ser incriminado. “La decisión establecía que el sospechoso sea informado antes de cualquier interrogación de custodia de que tenía el derecho a guarder silencio y a un abogado y que no habría ninguna interrogación hasta que el sospechoso renuncie a estos derechos. Es m[as, el sospechoso puede hacer valer estos derechos en cualquier momento de la interrogación y, si lo hace, las preguntas deben terminar de inmediato”. (Strauss, Marcy, “The Sounds of Silence: Reconsidering the Invocation of the Right to Remain Silent Under Miranda,” “William and Mary Bill of Rights Journal,” marzo 2009. En su artículo Strauss hace una lista del estatus de las interepretaciones de la corte de las advertencias de Miranda estado por estado).

Las interrogaciones policiales de custodia pueden continuar por horas y la Corte de Miranda “reconoció que eran tan inherentemente cohercitivas como para crear la presunción de que una confesión resultante era involuntaria a menos que al sospechoso se le haya dicho previamente que no necesitaba responder las preguntas y que tenía derecho a consultar con un abogado por asesoría”. (Ainsworth, Janet, “‘Tiene el derecho a guardar silencio…’ pero sólo si lo solicita: el rol de la ideología linguística en la ley de interrogación de la policía norteamericana”. The International Journal of Speech, Language and the Law, Vol. 15.1, 2008, p. 3)

El problema es que las declaraciones “ambiguas” no son suficientes, y en realidad todo lo que dice puede ser interpretado en las cortes como ambiguo en vez de las oraciones: “Quiero permanecer en silencio. Quiero un abogado”. Al invocar los derechos de Miranda significa declaraciones claras, inequívocas y no ambiguas en la sala de interrogaciones. Por supuesto, en la cárcel hay una desventaja de poder en la cual el tiempo, momento y nivel de brutalidad son establecidos por la policía.

Entonces, ningún lenguaje indirecto o con rodeos invoca los derechos.

  • Ningún comentario teórico sobre la disponibilidad de consejo, tales como“Puedo tener un abogado?”o “Puedo llamar a un abogado?”
  • Ningún lenguaje que suavice la demanda por un abogado:“Al parecer necesito un abogado”.
  • Ninguna pregunta logística:“Podría trarme la billetera y traerme la tarjeta de presentación de mi abogado?”
  • Ningún lenguaje ambiguo: “No quiero hablar sobre esto” o “No voy a hablar más”.
  • No estar ni permanecer en silencio (debe estar determinado y pronunciar palabras)
  • No combinar demandas:

“Váyase al diablo, hable con mi abogado” o “No siento que pueda estar con usted sin un abogado presente que me dé asesoría legal”.

La situación se vuelve sombría, sin embargo, en el caso Davis v. Estados Unidos (1994) U.S. 452:

– “Deme a un abogado” o “Quiero un abogado” no son consideradas por la policía o cortes como para contribuir con sus derechos constitucionales. (Note que querer y solicitar un abogado no es lo mismo que su derecho de permanecer en silencio, según la Quinta).

– Negarse a firmar un formulario que indique que renuncia a sus derechos cuando se junta con declaraciones incriminadoras a la policía no invoca sus derechos. (Las declaraciones incriminadoras obtenidas por la policía son prueba de que sus derechos fueron levantados). Declarar simplemente: Haga una declaración incriminadora y se levantan sus derechos.

Tras todo esto está que los jueces ahora no se arrepienten respecto del rol de la interrogación ilimitada y brutal, tortura, e intimidación por la policía. También ignoran el contexto que juega el idioma cuando alguien se comunica en una situación abusiva. Finalmente, el context social del arrestado y sus intenciones se vuelven borrosas con el lenguaje. Perder nuestros derechos Miranda es simplemente otro paso en la dirección equivocada.

Marti Hiken es la directora ejecutiva de Progressive Avenues. Puede ser contactada en mlhiken@comcast.net

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