sábado, noviembre 23, 2024
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Una importante distinción: Democracia versus República, ¿cual es mejor para libertad individual? Parte 2

NOTA DEL EDITOR

Queridos lectores:

La mayoría de la gente escucha a menudo y por todos lados acusaciones entre los contendientes políticos de ser antidemocráticos, al tiempo que demandan “más democracia”. La mayoría considera a los Estados Unidos una Democracia, independientemente de que sólo dos partidos tradicionales –que muchos consideran que son compañeros– se permiten en los debates –mientras se impide participar a otros partidos menos conocidos. La mayoría habla de Democracia como la salvaguarda de la libertad, pero ¿lo es realmente? Qué hay acerca de la República como forma de gobierno –jamás hemos escuchado debates públicos sobre ella. ¿Fueron creados los Estados Unidos como Democracia o como República? El siguiente artículo –que no identifica su autor– arroja luz sobre la diferencia entre ambas.
ESTA ES LA PARTE 2 DE UNA SERIE.

Una importante distinción: Democracia versus República, ¿cuál es mejor para la libertad individual?

por un autor anónimo

Este tema –el peligro para las libertades de la gente debido a la turbulencia de las democracias y la mayoría legislativa omnipotente– se discute en El Federalista, por ejemplo, en los números 10 al 48 de Madison (señalado este último en los comentarios de Jefferson citados).

Los registros de la Convención Framing prueban que, al desacreditar los “excesos de democracia”, por supuesto que los fundadores no se oponían a un tipo de gobierno popular para los Estados Unidos; su objetivo general y su mayor esfuerzo eran crear un sólido sistema de este tipo.

Pretender lo contrario es falsificar la historia. Esa falsificación no sólo demerita el alto propósito y buen carácter de los fundadores, sino que aminora el espíritu de los verdaderos Hombres Libres de América que, a lo largo de ese periodo, aceptaron y vivieron bajo la Constitución como su propia ley fundamental y bajo la República que ésta creó, especialmente porque ellos, por primera vez, confiaron su seguridad y sus libertades que estaban protegidas contra posibles abusos, incluyendo la Mayoría que detentaba momentáneamente el control del gobierno. La verdad es que los fundadores, mediante sus protestas por los “excesos de la democracia”, sólo estaban poniendo en claro sus razones de preferir la República como la propia forma de gobierno. Ellos bien sabían, a la luz de la historia, que nada como una República puede brindar la mejor salvaguarda ­–en verdad, en el largo plazo la única salvaguarda efectiva (si se aplica en la práctica)– a la libertad de las personas que son inexorablemente victimizadas por la forma democracia y el sistema ilimitado de Gobierno-sobre-un Hombre con la Mayoría Omnipotente. Ellos también sabían que el pueblo norteamericano no consentiría ninguna otra forma de gobierno más que la República. Es de especial interés subrayar que Jefferson, quien residió en París como Ministro norteamericano durante varios años, le escribió desde allí a Madison en marzo de 1789:

“La tiranía de las legislaturas es el más grande pavor en el presente, y lo será por largos años. Llegará aquélla de la voluntad ejecutiva, pero será en un periodo remoto”.

Un poco más adelante, Madison le escribía a Jefferson sobre la violación de la Declaración de Derechos por las legislaturas estatales, afirmando:

“Mayorías despóticas han cometido repetidas violaciones de esas barreras de pergamino en todo Estado. En Virginia he observado que varias veces se ha violado la Declaración de Derechos cada vez que se opone a la corriente popular”.

Es correcto decir que en cualquier democracia –sea ésta Directa o Representativa– como forma de gobierno, no puede haber un sistema legal que proteja al Individuo o a la Minoría (cualquiera que sea) contra la tiranía ilimitada de la Mayoría. El sentido independiente de dominio de sí mismo de las personas que conforman la Mayoría en cualquier época no tiene, por supuesto, ninguna protección.

Semejante forma de gobierno es caracterizada por la Mayoría Omnipotente e Ilimitada. Esto es cierto, por ejemplo, en la Democracia Representativa de Gran Bretaña; debido a que su poder ilimitado de gobierno encarna en la Cámara de los Lores, bajo la Ley del Parlamento de 1949 –además, tiene el poder de abolir cualquiera y todos los asuntos de gobierno en Gran Bretaña.

Desde hace algunas centurias, algunos jueces ingleses arguyen que sus decisiones podrían restringir el Parlamento; pero esta teoría debe abandonarse porque se volvió insostenible a la luz de la teoría política y de las realidades gubernamentales en una Democracia Representativa. Bajo esta forma de gobierno, ni las cortes ni ninguna otra parte del gobierno puede desafiar efectivamente, mucho menos bloquear, ninguna acción de la Mayoría en el cuerpo legislativo, no importa qué tan arbitraria, tiránica o totalitaria pueda resultar en la práctica. El sistema parlamentario de Gran Bretaña es un ejemplo perfecto de Democracia Representativa y de la tiranía potencial inherente a este sistema de Gobierno Ilimitado de la Mayoría Omnipotente. Esto pertenece tan sólo a su potencial, a la teoría, involucrada; las prácticas gubernamentales son irrelevantes para esta discusión.

Las observaciones de Madison en El Federalista núm. 10 son relevantes a este respecto, porque subrayan un grave error respecto a la Democracia como forma de gobierno a través de los siglos. Él comentaba lo siguiente:

“Los teóricos políticos, que han patrocinado este tipo de gobierno, han supuesto, erróneamente, que al reducir a la humanidad a una perfecta igualdad de sus derechos políticos, sería, al mismo tiempo, perfectamente igualable y asimilada a sus posesiones, sus opiniones y sus pasiones”.

Como forma de gobierno, la Democracia es absolutamente repugnante para –y es su antítesis– el sistema tradicional estadunidense: aquel de la República, y su filosofía subyacente, como se expresó en esencia en la Declaración de Independencia, enfatizando que el pueblo formaría su gobierno de manera que le permitiera poseer “sólo poderes” (poderes limitados) para asegurar y garantizar los derechos inalienables, dados por Dios, de cada uno y todos los individuos y, por tanto, de todos los grupos de individuos. (CONTINUARÁ EN LA PRÓXIMA EDICIÓN.)

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