martes, abril 23, 2024
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Ley Marcial, 1ra Guerra Mundial y la Gran Depresión

Marvin J. RamirezMarvin J. Ramirez

DEL EDITOR: Espero que estén disfrutando de este artículo, el que fue dividido en varias partes debido a su longitud. Este fue escrito por Gary Hunt el 24 de mayo de 1994, y es un ejemplo de cuánta información hay ahí afuera que muchos de nosotros –a propósito- nunca aprendimos en la escuela ni fue presentado por los principales medios de comunicación. El Reportero se complace en compartir este muy informativo artículo con nuestros lectores y espera que le ayude a aprender un poco de historia.

Ley Marcial, I Guerra Mundial y la Gran Depresión

por Gary Hunt

Parte 3

Déjenme repetir esto como se ha leído desde 1933: “Durante tiempos de guerra o de cualquier otro período de emergencia nacional declarada por el Presidente, el Presidente podrá, a través de cualquier agencia que él designe, o de otra manera, investigar, regular o prohibir, en virtud de las normas y reglamentos que estime necesarios, por medio de licencias o de otra manera, todas las transacciones en moneda extranjera, las transferencias de crédito entre el o los pagos por parte de las entidades bancarias definidas por el Presidente, y la exportación, la acumulación, la fusión, o asignaciones de moneda de oro o de plata o de divisas por cualquier persona dentro de Estados Unidos o en cualquier lugar sujeto a su jurisdicción, y el Presidente podrá requerir a cualquier persona involucrada en una transacción mencionada en este inciso a suministrar, bajo juramento, completa información, incluyendo la producción de los libros de contabilidad, contratos, cartas u otros documentos relacionados con los mismos bajo la custodia o el control de dicha persona, ya sea antes o después de que dicha transacción se haya completado”.

Curiosamente, parece que toda referencia al “enemigo” es eliminado, y ahora la ley se aplica a “cualquier persona dentro de Estados Unidos o en cualquier lugar sujeto a su jurisdicción”. ¿Nos hemos convertido NOSOTROS e n e l E N E M I G O ?

Nótese también, que si el Presidente tuviera que emitir una “licencia”, la cotización sería tolerada. ¿Se nos ha dado una “licencia” para llevar a cabo nuestras actividades cotidianas de comercio? Muchas empresas, junto con la conducción, la caza, pesca, etc, se han convertido en actividades “licenciadas”. Lo dejo a usted que encuentre la correlación.

Podría surgir la pregunta de si Roosevelt pensó esto por sí mismo. La respuesta es un rotundo ¡NO! En una carta y Resolución recomendada que Herbert Hoover recibió de Eugene Meyer, gobernador de la Junta de la Reserva Federal, con fecha del 3 de marzo de 1933, encontramos el texto exacto incorporado en la Ley. Este “consejo” fue finalmente seguido por Roosevelt unos pocos días más tarde, justo después de asumir su cargo.

En este punto es aun más interesante entender qué pasó con todo el oro. Recuerde, esto se basa en el hecho de que los Bancos de la Reserva Federal no pudieron pagar el oro para el cual se habían emitido los “certificados”. Pero, ¿qué pasó con el oro? En “Las políticas de Hoover”, “en la discusión de los efectos del New Deal”, este primer contacto de los “cambistas” con el New Deal les valió a quienes retiraron su dinero del país, una ganancia de hasta un 60 por ciento cuando el dólar se desapreció [el oro estaba a $20 por onza antes de, y a $32 por onza después de la Ley Bancaria]. “Parece, entonces, que los que “sabían” fueron capaces de “remitir” sus “certificados de oro” por oro antes de estas Actas. El resultado fue la reducción de los activos en los bancos para reparar a los que tienen dinero en la cuenta y la transferencia del “dinero” real, el oro, a los que huyeron del país para sacar provecho de la desgracia de la mayoría de los trabajadores de Estados Unidos, lanzando a estos trabajadores hacia una dependencia del gobierno que resultó, en 1934, en la creación del Acta de Seguridad Social, el comienzo del “New Deal” y el comienzo de la desaparición de la “Gran Experimento”.

Comprobemos la validez de lo que acabamos de decir. Del Registro del Congreso [9 de marzo 1933, página 79, por Steagall], la “Sección 2 confiere al Presidente los poderes otorgados en el marco del Acta del 6 de octubre de 1917, independientemente de si el condado está involucrado en la guerra o no”. Más adelante, en ese mismo documento [página 82], McGugin dice: “Todo el mundo sabe que este Gobierno ya no puede recaudar impuestos suficientes para cubrir sus gastos… no hay una alternativa para ellos, que consiste en imprimir dinero”.

En un informe titulado “Los contratos pagaderos en oro” [Informe del Senado, Documento N º 43, 17 de abril de 1933, página 9], leemos la siguiente declaración: “La propiedad final de toda la propiedad es del Estado, la llamada” propiedad” individual es sólo en virtud del gobierno, es decir, el derecho, por importe de mero usuario, y el uso debe estar de acuerdo con la ley y subordinada a las necesidades del Estado”.

Bueno, esto parece ser consistente con mucho de lo que hemos aprendido últimamente, que no poseemos NADA, ni siquiera a nuestros hijos. Es una pena que no enseñen esta lección en las clases de historia de las “escuelas públicas”, ya que después de todo se trata de un documento oficial del gobierno, y es obviamente lo que el gobierno cree que es verdad – ¿no se pregunta qué pasó con lo que solía ser llamado “freeman”?

Vayamos un poco más allá al respecto – la Corte Suprema de Estados ­Unidos dijo en Estados Unidos versus Russell [Muro 13, 623, 627] “La propiedad privada, la Constitución establece, no se tomará para uso público sin justa compensación… sin embargo surgen ocasiones extraordinarias e imprevistas… en los casos de extrema necesidad, en tiempo de guerra o de peligro público inminente e inmediato, en el que la propiedad privada puede ser estampada en el servicio público, o puede ser ocupada o asignada al uso público, o incluso puede ser destruida sin el consentimiento del titular ….

“Parece que había tomado a los Comerciantes de Dinero tan sólo veinte cortos años para evolucionar desde su introducción en primer lugar, junto a las enmiendas 16 y 17, del Banco de la Reserva Federal, a la historia de Estados Unidos, a una posición en la que la “moneda” (dinero fiduciario) fue convertida en la “moneda del reino”.

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